Autor: Soluciones fiscales

  • Guía completa sobre el modelo 130

    Guía completa sobre el modelo 130

    El modelo 130 es uno de esos trámites que muchos autónomos presentan “porque toca”. Sin saber muy bien qué están pagando. Ni por qué. Ni si lo están haciendo bien.

    Y ahí empiezan los problemas.

    Porque el modelo 130 no es un impuesto nuevo. Es un adelanto. Y entender eso marca la diferencia entre dormir tranquilo o llevarte sustos cada trimestre.

    Vamos a explicarlo sin tecnicismos. Como si te lo contara alguien que ya se ha equivocado antes.


    Qué es el modelo 130

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    El modelo 130 es el formulario con el que algunos autónomos pagan a Hacienda un anticipo del IRPF.

    No es el impuesto final. Es un adelanto de lo que, en teoría, ganarás en el año.

    Piénsalo así:

    Hacienda no quiere esperar a la declaración de la renta. Quiere ir cobrando poco a poco.

    Eso es el modelo 130.

    Qué SÍ es

    • Un pago fraccionado del IRPF.
    • Un adelanto trimestral.
    • Una obligación periódica.

    Qué NO es

    • No es un impuesto extra.
    • No es definitivo.
    • No sustituye a la renta.

    Error común: pensar que “esto se pierde”. No. Se descuenta luego en la declaración anual.


    A quién afecta

    Autónomos

    Te afecta si:

    • Tributas en estimación directa (normal o simplificada).
    • No te retienen al menos el 70 % de tus ingresos.

    Ejemplo claro:

    Un diseñador gráfico que factura a clientes finales sin retención. Ese perfil suele presentar modelo 130.

    Empresas

    Las empresas no presentan el modelo 130.

    Ellas pagan el impuesto de sociedades. Esto es solo para personas físicas.

    Casos mixtos o situaciones grises

    Muy típico:

    • Autónomo que factura a empresas (con retención).
    • Y también a particulares (sin retención).

    Aquí hay que hacer números. Si las retenciones superan el 70 %, no se presenta el 130. Si no, sí.

    Este punto es una fuente inagotable de errores.


    Cómo funciona el modelo 130 en la práctica

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    Vamos al grano.

    Paso 1: calcular tus ingresos

    Todo lo que has facturado en el trimestre. Sin IVA.

    Paso 2: restar los gastos deducibles

    Solo los relacionados con tu actividad:

    • Alquiler.
    • Material.
    • Software.
    • Cuota de autónomos.

    Paso 3: calcular el rendimiento

    Ingresos menos gastos. Eso es lo que “has ganado”.

    Paso 4: aplicar el porcentaje

    Normalmente, el 20 %.

    Eso es lo que adelantas a Hacienda.

    Paso 5: restar pagos anteriores

    Si ya has pagado otros trimestres, se tiene en cuenta.

    Este modelo suele relacionarse con:

    • Modelo 303 (IVA).
    • Declaración de la renta.

    No van separados. Van en pack.


    Errores habituales (muy importante)

    1. Pensar que siempre hay que pagar

    Si has tenido pérdidas, puede salir cero. O incluso negativo.

    2. Confundir ingresos con beneficios

    No se paga sobre lo facturado. Se paga sobre lo que queda.

    3. Olvidar gastos deducibles

    Esto hace que pagues de más. Y nadie te lo devuelve automáticamente.

    4. No presentarlo

    Aunque salga cero, hay que presentarlo.

    Consecuencia:

    • Recargos.
    • Sanciones.
    • Requerimientos innecesarios.

    Casos reales o situaciones típicas

    Autónomo que empieza a mitad de año

    Empieza en mayo. Presenta 130 desde el trimestre en el que está dado de alta.

    Profesional con muchos gastos

    Factura 5.000 €. Gasta 4.500 €.

    El 130 se calcula sobre 500 €, no sobre 5.000.

    Autónomo con retenciones altas

    Factura casi todo con retención del 15 %.

    No presenta modelo 130.

    Pero debe comprobarlo cada año.


    Preguntas frecuentes

    ¿Es obligatorio siempre?

    No. Depende de tus retenciones.

    ¿Qué pasa si me equivoco?

    Se puede corregir con una complementaria.

    ¿Se presenta aunque no gane dinero?

    Sí, si estás obligado.

    ¿Lo que pago se pierde?

    No. Se descuenta en la renta.


    Normativa aplicable

    La lógica del modelo 130 es sencilla:

    Si generas rentas por tu actividad, Hacienda quiere que adelantes parte del impuesto.

    No espera a final de año.

    Por eso existe este modelo.

    No es un castigo. Es un sistema de cobro anticipado.


    Qué haría una persona sensata ahora

    • Comprobar si está obligada a presentar el modelo 130.
    • Revisar ingresos y gastos con calma.
    • No pagar de más por desconocimiento.
    • Buscar ayuda si hay dudas.

    Ignorar el modelo 130 no lo hace desaparecer. Solo lo hace más caro.


    Resumen rápido

    • El modelo 130 es un adelanto del IRPF.
    • No es un impuesto nuevo.
    • No siempre hay que presentarlo.
    • Un error típico es pagar de más.

    Entenderlo, hoy te evita sorpresas mañana.

  • Guía completa sobre el Modelo 349

    Guía completa sobre el Modelo 349

    Vendes o compras a clientes de otros países de la UE.
    Todo parece sencillo… hasta que Hacienda te pide el modelo 349.

    Ahí es cuando surgen las dudas:
    “¿Esto va con IVA o sin IVA?”
    “¿Lo declaro también en el 303?”
    “¿Y si solo he hecho una factura?”

    Esta guía es para ti si quieres entender el modelo 349 sin jerga fiscal, saber cuándo se presenta y, sobre todo, evitar errores típicos que cuestan sanciones.

    Vamos paso a paso. Sin rodeos.


    Qué son las operaciones intracomunitarias y por qué importan

    Una operación intracomunitaria es, en esencia, una compra o venta de bienes o servicios entre empresas o autónomos de distintos países de la Unión Europea.

    Ejemplos rápidos:

    • Un diseñador en España factura a una empresa de Francia.
    • Una tienda online española compra stock a un proveedor alemán.
    • Un autónomo español presta servicios a una empresa italiana.

    Estas operaciones tienen un tratamiento especial de IVA. Y para que las administraciones fiscales de los distintos países “crucen datos”, existe el modelo 349.

    No sirve para pagar impuestos.
    Sirve para informar.

    Y eso no lo hace menos importante.


    Qué es el modelo 349

    El modelo 349 es una declaración informativa donde se comunican a la Agencia Tributaria las operaciones intracomunitarias realizadas en un periodo concreto.

    En él se incluyen:

    • Entregas intracomunitarias de bienes.
    • Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
    • Prestaciones de servicios intracomunitarios.

    Siempre que se cumpla una condición clave:

    Ambas partes deben estar dadas de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).

    Si no hay ROI, no hay 349. Así de simple.

    Este modelo permite que la información que tú declaras en España coincida con lo que declara tu cliente o proveedor en su país.

    Si no coincide, saltan alertas.


    A quién afecta (autónomos, empresas y casos mixtos)

    Autónomos

    Te afecta si:

    • Vendes servicios a clientes de la UE dados de alta en el ROI.
    • Compras, servicios o bienes a proveedores de la UE.
    • Facturas sin IVA aplicando inversión del sujeto pasivo.

    No importa que seas pequeño.
    Una sola factura ya obliga.

    Empresas

    En empresas es aún más habitual:

    • Importaciones y exportaciones dentro de la UE.
    • Servicios profesionales, tecnológicos o logísticos.
    • Operaciones recurrentes con varios países.

    El 349 suele ir de la mano del 303 y del 390, pero no los sustituye.

    Casos mixtos

    Muy común:

    • Clientes españoles → sin 349.
    • Clientes UE con ROI → con 349.

    No es “todo o nada”.
    Es operación por operación.


    Cómo funciona el modelo 349 en la práctica

    Aquí es donde la gente se lía.

    El proceso real es este:

    1. Compruebas el NIF-IVA del cliente o proveedor en VIES.
    2. Emites o recibes la factura (normalmente sin IVA).
    3. Declaras la operación en el modelo 303 si corresponde.
    4. Incluyes la operación en el modelo 349.

    El 349 se presenta:

    • Mensual (lo más habitual).
    • Trimestral, en casos muy concretos y con importes bajos.

    En el modelo se informa de:

    • País del operador.
    • NIF-IVA.
    • Tipo de operación (bien o servicio).
    • Importe total.

    No se paga nada.
    Pero se controla todo.


    Errores habituales (muy importante)

    Aquí se va mucho dinero en sustos evitables.

    1. Pensar que “como no hay IVA, no declaro nada”

    Error clásico.
    No hay IVA, pero sí hay 349.

    2. No comprobar el ROI del cliente

    Si el cliente no está en ROI:

    • No procede operación intracomunitaria.
    • No deberías aplicar inversión del sujeto pasivo.

    Y el 349 estaría mal presentado.

    3. Descuadres entre 303 y 349

    Hacienda cruza datos.
    Si el 303 dice una cosa y el 349 otra, llegan las cartas.

    4. Presentarlo fuera de plazo

    Es informativo, sí.
    Pero tiene sanciones.

    Y no son pequeñas.


    Casos reales o situaciones típicas

    Autónomo que trabaja con clientes europeos

    Un copywriter español factura a una empresa alemana.

    • Ambos con ROI.
    • Factura sin IVA.
    • Modelo 303: se informa la base.
    • Modelo 349: se informa la operación.

    Tienda online que compra a proveedores UE

    Compra mercancía en Italia.

    • Adquisición intracomunitaria.
    • Se autorrepercute el IVA.
    • Se declara en 303 y 349.

    Servicio digital puntual

    Una sola factura al año a Francia.

    No importa la frecuencia.
    Si hay operación, hay 349.


    Preguntas frecuentes

    ¿El modelo 349 sustituye al 303?

    No. Son complementarios.

    ¿Qué pasa si me equivoco?

    Se puede presentar una declaración sustitutiva o complementaria.

    ¿Y si no presento el 349?

    Riesgo de sanción y requerimientos.

    ¿Se presenta aunque no haya IVA?

    Sí. Precisamente por eso.


    Normativa aplicable (explicada)

    El modelo 349 se apoya en la normativa europea del IVA y en la Ley del IVA española.

    La idea de fondo es simple:

    Que las operaciones intracomunitarias estén controladas y cuadradas entre países.

    No se trata de recaudar más, sino de evitar fraudes y desajustes.

    Por eso es tan sensible a errores.


    Qué haría una persona sensata ahora

    Muy sencillo:

    • Revisar si está dado de alta en el ROI.
    • Comprobar clientes y proveedores UE.
    • Asegurarse de que 303 y 349 cuadran.
    • Pedir ayuda si algo no está claro.

    Porque el modelo 349 no es difícil.
    Pero sí es traicionero si lo ignoras.

    Si quieres seguir aprendiendo fiscalidad sin dolores de cabeza, he preparado más recursos en mi Substack,


    Resumen rápido

    • El modelo 349 informa operaciones intracomunitarias.
    • No se paga, pero se controla.
    • Afecta a autónomos y empresas.
    • Un error típico puede acabar en sanción.

    Entenderlo hoy te ahorra problemas mañana.

  • Verifactu

    Verifactu


    Verifactu: el gran ojo digital de Hacienda

    El gancho que no quieren decirte

    La factura ya no es tuya.
    Ahora, cada vez que emites una, Hacienda la ve, la guarda y la cruza en tiempo real.
    Lo llaman digitalización. En la práctica es control preventivo.


    La gran pregunta fiscal

    ¿Es Verifactu una herramienta para simplificar la vida del contribuyente o el paso definitivo hacia un Estado que fiscaliza cada movimiento económico?


    Qué es Verifactu en palabras simples

    Verifactu

    Verifactu es el sistema de digitalización de facturas impulsado por Hacienda.
    A partir de su entrada en vigor, todas las empresas y autónomos deberán emitir facturas electrónicas que cumplan con un formato validado y que se comuniquen directamente a la Agencia Tributaria.

    Ejemplo sencillo:

    • Hoy emites una factura en tu programa y luego declaras el IVA en el modelo 303.
    • Con Verifactu, la factura ya llega a Hacienda en el momento de su emisión.
    • No hay retraso, no hay espacio para “ajustes” posteriores.

    La promesa oficial: transparencia, simplificación, lucha contra el fraude.
    La realidad: un sistema que convierte cada factura en un dato bajo vigilancia constante.


    Lo que se esconde tras la digitalización

    La digitalización fiscal no es neutra.

    • Reduce la economía sumergida… pero también elimina cualquier margen de error o discreción.
    • Puede simplificar trámites… pero a costa de poner todo tu negocio en manos de un algoritmo.
    • Favorece el control macroeconómico… pero multiplica la sensación de desconfianza hacia autónomos y pymes.

    El mensaje de fondo: el contribuyente ya no es fiable.
    Lo será solo cuando cada factura se vigile en origen.


    Consejos prácticos ante Verifactu

    1. Adáptate pronto. Elige un software de facturación homologado antes de que sea obligatorio.
    2. Revisa tus procesos. Si tienes retrasos en emisión o registro, desaparecerán como opción.
    3. Cuida la coherencia. Los errores ya no se corrigen al final del trimestre: Hacienda verá todo en directo.
    4. Piensa en la trazabilidad. Cada factura será un dato fiscal y un dato comercial. Trata esa información como un activo sensible.

    La factura deja de ser un documento privado: ahora es un espejo público de tu negocio.


    FAQ SF360


  • Hacienda somos todos

    Hacienda somos todos

    “Hacienda somos todos”.


    Una de las frases más repetidas en la historia reciente de España.
    Un eslogan que pretendía despertar conciencia cívica y acabó convertido en chiste de sobremesa.

    La pregunta es inevitable:
    si Hacienda somos todos… ¿Quién decide qué somos?


    El origen de un lema

    El eslogan nació en los años 70 como campaña publicitaria. Una frase simple, casi inocente, que buscaba recordarnos que pagar impuestos no era una carga, sino un deber compartido.
    Era marketing institucional en estado puro: convertir la recaudación en un acto de comunidad.

    Pero la vida real es menos estética:

    • Mientras a un autónomo le embargan por 300€,
    • una multinacional diseña estrategias fiscales internacionales que reducen su tipo efectivo al 3%.
    • Y mientras tú calculas si desgrava el alquiler, otros negocian directamente las reglas del juego en despachos de Bruselas o Luxemburgo.

    Entonces, ¿de qué “todos” hablamos?


    El espejismo de la comunidad fiscal

    La frase apela a un sentido de comunidad: todos ponemos, todos recibimos.
    El problema es que ese “todos” nunca es simétrico.

    • No aporta lo mismo quien depende de una nómina que quien reparte beneficios en paraísos fiscales.
    • No soporta la misma presión quien factura 20.000€ como autónomo que quien mueve 200 millones en ingeniería financiera.
    • Y, sobre todo, no decide lo mismo quien solo puede obedecer las normas que quien tiene el poder de escribirlas.

    “Hacienda somos todos” se convierte, entonces, en narrativa fiscal: un relato diseñado para mantener la idea de igualdad… mientras la práctica demuestra desigualdad.


    La verdadera pregunta

    No se trata de negar los impuestos. Los impuestos son la base de cualquier sociedad organizada.
    La cuestión es otra:
    ¿qué tipo de comunidad queremos construir con ellos?

    Porque detrás de cada artículo fiscal hay una visión del mundo:

    • ¿Queremos un modelo que financie servicios públicos sólidos o uno que premie la deslocalización?
    • ¿Queremos proteger al pequeño emprendedor o garantizar privilegios a quien ya concentra poder?
    • ¿Queremos un sistema que eduque en responsabilidad o uno que infantilice con miedo y sanciones?

    El relato como arma

    Las frases que repetimos importan. Moldean la percepción colectiva.
    “Hacienda somos todos” no describe la realidad, la fabrica.

    Nos invita a ver la fiscalidad como un deber moral compartido… pero nunca habla del lado incómodo: la asimetría estructural.
    Y es precisamente ahí donde nace la desconfianza ciudadana.


    ReflexiónSF360

    La próxima vez que escuches “Hacienda, somos todos”, pregúntate:
    ¿estoy en el grupo que paga, en el que diseña o en el que se esconde?

    Porque la fiscalidad no es neutra.
    Es el espejo más claro de quien decide qué somos como sociedad.

    Preguntas más frecuentes

    ¿De dónde viene el eslogan “Hacienda somos todos”?

    De una campaña publicitaria de la Agencia Tributaria en los años 70, pensada para fomentar el cumplimiento voluntario de la renta.

    ¿Por qué se critica esta frase?

    Porque sugiere igualdad de cargas cuando, en la práctica, existen enormes asimetrías entre contribuyentes.

    ¿Somos realmente “todos” los que pagamos impuestos?

    Todos contribuimos en alguna medida (IVA, IRPF, cotizaciones), pero las grandes corporaciones y fortunas tienen herramientas para minimizar su aportación efectiva.

    ¿Qué enseña este debate sobre fiscalidad?

    Que los impuestos no son solo números: son un relato de justicia, poder y modelo social.

    Los impuestos son el lenguaje con el que un país escribe quién es y qué quiere ser.

  • El juego fiscal de las grandes empresas

    El juego fiscal de las grandes empresas


    El juego fiscal de las grandes empresas: entre la legalidad y el vacío moral

    No se trata de fraude.
    No se trata de ilegalidad.
    Se trata de algo mucho más incómodo: las multinacionales juegan con un reglamento que ellas mismas han diseñado.

    Mientras tú discutes si te desgrava la hipoteca o el alquiler, ellas deciden en qué país tributar, con qué tipo efectivo y bajo qué reglas. Y todo dentro de la ley.


    ¿Optimización o trampa?

    El lenguaje técnico lo llama “planificación fiscal agresiva”.
    El ciudadano común lo traduce como: “pagar menos porque puedes”.

    ¿Cómo funciona el juego?

    • Precios de transferencia: una filial en Irlanda factura servicios a otra en España. Resultado: aquí pérdidas, allí beneficios.
    • Royalty express: las marcas se cobran a sí mismas por usar su propio logo. Un intangible que viaja donde más conviene.
    • Doble irlandés con sándwich holandés: no es un plato típico, es un esquema fiscal que ha permitido a tecnológicas mover miles de millones a paraísos fiscales.
    • Intereses inflados: una empresa se presta dinero a sí misma entre filiales, generando gastos deducibles donde interesa.

    Todo legal. Todo firmado en BOE y diarios oficiales.


    El tablero y sus árbitros

    Aquí está la paradoja:

    • Las administraciones nacionales compiten entre sí para atraer inversión con tipos más bajos.
    • Los países pequeños (Irlanda, Luxemburgo, Países Bajos) hacen de la ingeniería fiscal su ventaja competitiva.
    • Y las organizaciones internacionales (OCDE, UE, G20) redactan informes que tardan años en convertirse en normas… que ya nacen obsoletas.

    El árbitro llega siempre tarde.
    El jugador ya ha cambiado el tablero.


    El vacío moral

    Que algo sea legal no lo convierte en justo.
    Que algo cumpla la norma no significa que cumpla con la sociedad.

    Porque al final el coste lo paga alguien:

    • La PYME local, que no puede abrir filiales en Luxemburgo.
    • El autónomo, que discute con Hacienda por 300 €.
    • El ciudadano, que ve cómo los servicios públicos dependen de una recaudación que se escapa por rendijas “legales”.

    Lo más incómodo: las multinacionales no son delincuentes. Son alumnos aventajados de un sistema que premia la astucia sobre la equidad.


    ¿Qué significa para ti?

    Podrías pensar: “esto no va conmigo, yo no soy Apple ni Google”.
    Error.

    • El modelo fiscal de los gigantes condiciona las normas que después se aplican a todos.
    • La narrativa oficial (“lucha contra el fraude”) oculta que el mayor agujero no está en tu declaración, sino en las grandes estructuras.
    • Cada euro que no pagan ellos, se compensa con más presión sobre los pequeños.

    No te pedimos indignación.
    Te pedimos conciencia.

    Porque entender cómo juegan los grandes es la única forma de no ser peón en su tablero.


    ¿Dudas en el juego fiscal
    de las grandes empresas?

    ¿Es ilegal la planificación fiscal agresiva?
    No. Se mueve en los límites de la ley, usando vacíos normativos y arbitrajes entre países.

    ¿Qué diferencia hay entre evasión y elusión fiscal?
    La evasión es delito (fraude). La elusión es evitar pagar dentro de la ley, aunque bordee lo inmoral.

    ¿Qué hacen la OCDE y la UE contra esto?
    Han impulsado medidas como el BEPS y el impuesto mínimo global del 15%, pero su aplicación es lenta y desigual.

    ¿Por qué las pymes no pueden usar estas estrategias?
    Porque requieren estructuras internacionales, costes legales altos y asesoría especializada. Jugar en esa liga cuesta millones.


    El verdadero poder no es saltarse las reglas.
    Es escribirlas.


  • ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta?

    ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta?


    ¿Tengo que hacer la declaración de la renta todos los años?

    ¿Estoy obligado a hacer la declaración de la renta?
    Cuándo debes (y cuándo te conviene) presentarla

    No es solo una obligación. A veces es una oportunidad. Y otras, una trampa disfrazada de rutina.


    La gran pregunta fiscal que todos nos hacemos (y pocos entienden bien)

    Cada primavera, Hacienda lanza su campaña de la renta y medio país se hace la misma pregunta:
    ¿Me toca este año? ¿Tengo que hacerla? ¿Y si no la hago, pasa algo?

    La respuesta no es “sí” o “no”. Es: depende de tu situación.
    Pero lo más importante es esto:
    A veces no estás obligado… y aun así te conviene hacerla.

    Vamos por partes.


    Cuándo es obligatorio hacer la declaración

    Tienes que presentarla si:

    • Has ganado más de 22.000 € brutos de un solo pagador.
    • Has ganado más de 15.000 € si has tenido dos o más pagadores y el segundo te pagó más de 1.500 €.
    • Eres autónomo o empresario (aunque hayas facturado poco o perdido dinero).
    • Has cobrado alquileres, dividendos, intereses bancarios o has vendido acciones.
    • Has cobrado el IMV (Ingreso Mínimo Vital) y en tu unidad de convivencia hay más personas.
    • Has hecho operaciones con criptomonedas, incluso aunque hayas perdido.

    OJO: Esto es solo una parte del listado. La ley tiene más supuestos, y cada año puede haber cambios o condiciones especiales.


    Cuándo no estás obligado… pero te interesa hacerla

    Mucha gente no está obligada, pero aún así debería hacer la declaración. ¿Por qué?

    Porque Hacienda puede devolverte dinero.

    Ejemplos:

    • Has tenido retenciones en nómina aunque hayas trabajado solo parte del año.
    • Has pagado alquiler y en tu comunidad hay deducciones autonómicas.
    • Has hecho aportaciones a un plan de pensiones.
    • Has tenido una hipoteca anterior a 2013 con derecho a deducción.
    • Has donado a ONGs o hecho alguna deducción que baja tu cuota.

    Si no haces la declaración, no verás ni un euro de vuelta.
    Y Hacienda, desde luego, no te lo va a recordar.


    ¿Y si me tocaba hacerla y no la hago?

    Mala idea.
    Hacienda te puede reclamar con intereses, recargos y sanciones.
    Incluso si no te salía a pagar, el hecho de no presentarla ya es motivo de multa.

    En fiscalidad, el desconocimiento no te protege. Solo te deja expuesto.


    ¿Qué hacer si no sabes si te toca?

    No adivines. Verifica.

    • Consulta el simulador de Hacienda.
    • Accede a tus datos fiscales.
    • Habla con un asesor.
    • O al menos, haz una declaración “de prueba” sin enviarla.

    Te lleva 10 minutos y te puede ahorrar disgustos.


    SF360 te lo deja claro:

    No se trata de si te toca hacerla.
    Se trata de saber si hacerla te conviene, te protege o te devuelve lo que es tuyo.

    Haz la renta con los ojos abiertos.
    Porque no todo lo que parece opcional… lo es.
    Y no todo lo que parece obligatorio… es una carga.


  • ¿Dónde va tu dinero?

    ¿Dónde va tu dinero?


    ¿Cómo se decide en qué se gastan tus impuestos?

    No se trata solo de cuánto pagas. Se trata de quién decide qué hacer con ese dinero… y en nombre de quién.


    1. El presupuesto general: la hoja de ruta del poder

    Cada año, el Estado elabora unos Presupuestos Generales.
    Ahí se decide cuánto se va a gastar, en qué partidas y con qué prioridades.

    Es un documento técnico, sí.
    Pero en realidad es el mapa ideológico de un país.
    Ahí está todo lo que de verdad importa: educación, sanidad, pensiones, infraestructuras, defensa, ciencia, vivienda…

    Si quieres saber qué valora un país, no mires sus discursos. Mira su presupuesto.


    2. ¿Quién lo decide?

    • El Gobierno propone los presupuestos.
    • El Congreso de los Diputados los aprueba (o los tumba).
    • Los Ministerios y Consejerías lo ejecutan.

    Y entre medias, negociaciones, pactos, cesiones, juegos de poder.

    El ciudadano medio no participa. Y la mayoría ni siquiera sabe cuándo se debaten ni qué contienen.


    3. ¿Y tú qué pintas en todo eso?

    Tus impuestos alimentan esa maquinaria. Cada euro que pagas va, en teoría, a sostener lo común.
    Pero si no sabes cómo se distribuye, estás financiando a ciegas.

    Ejemplo real (según partidas de años anteriores):

    • Pensión: 29%
    • Sanidad: 14%
    • Educación: 5%
    • Intereses de la deuda: 7%
    • Defensa: 2%
    • I+D+i: menos del 2%

    Así se reparte lo que pagas.
    ¿Estás de acuerdo? ¿Lo sabías? ¿Te lo contaron?


    4. ¿Y las comunidades y ayuntamientos?

    No todo lo que pagas se gestiona desde el Gobierno central.

    • Parte del IRPF, IVA y otros tributos se ceden a las comunidades autónomas.
    • Ellas deciden su uso en competencias clave: sanidad, educación, servicios sociales, transporte…

    Además, pagas impuestos municipales (IBI, basuras, circulación…) que van a tu ayuntamiento.
    Y ahí también se decide: ¿más policía o más cultura? ¿Más asfalto o más parques?


    5. El presupuesto es político. Pero también es personal.

    Porque lo que no se financia, desaparece.
    Y lo que se prioriza, crece.

    Tú no decides el presupuesto. Pero puedes:

    • Informarte
    • Exigir
    • Votar con conciencia
    • Comparar promesas con partidas reales
    • Y dejar de financiar a ciegas

    SF360 te lo dice sin filtro:

    No basta con pagar.
    Hay que saber para qué.
    Porque si no exiges un presupuesto coherente, estarás pagando por el proyecto de otro. No por el tuyo.


  • Retenciones, deducciones y bonificaciones…

    Retenciones, deducciones y bonificaciones…


    Retenciones, deducciones y bonificaciones… ¿Qué significan de verdad?

    Si no entiendes estas tres palabras, estás firmando cosas que no comprendes.
    Y si no las usas con cabeza, el sistema lo hará por ti.


    1. Retenciones: cuando el Estado cobra antes que tú

    Una retención es un anticipo de impuestos que alguien aplica sobre el dinero que te paga y lo ingresa directamente en Hacienda en tu nombre.

    • Si eres trabajador por cuenta ajena, tu empresa te retiene IRPF cada mes.
    • Si eres autónomo profesional, debes incluir una retención del 15% (o 7% si eres nuevo) en tus facturas.
    • Si cobras alquileres, también te aplican retención.

    No es un impuesto extra. Es un adelanto. Pero si no sabes cuánto te retienen, no puedes prever cuánto te devolverán (o te exigirán) después.


    2. Deducciones: lo que el sistema premia (o al menos reconoce)

    Las deducciones son gastos o situaciones personales que reducen la cantidad final de impuestos que debes pagar.

    Hay deducciones:

    • Estatales: vivienda habitual (solo antiguos casos), maternidad, donativos, planes de pensiones…
    • Autonómicas: por alquiler, familia numerosa, discapacidad, inversión en empresas…

    Cada deducción es una pista de lo que el Estado quiere incentivar.
    Y lo que no se deduce… es lo que se decide ignorar.


    3. Bonificaciones: el premio fiscal

    Las bonificaciones son reducciones directas sobre la cuota del impuesto.
    No sobre la base, no sobre el cálculo. Sobre lo que pagarías.

    Ejemplo:

    • En el Impuesto de Sucesiones, muchas comunidades aplican bonificaciones del 95% o más a herencias entre padres e hijos.
    • En el IAE, puedes tener bonificaciones por inicio de actividad, contratación, zonas deprimidas…

    La bonificación es el guiño fiscal que separa la norma general del trato especial.


    4. ¿Por qué deberías entender estas diferencias?

    Porque muchas personas confunden deducción con bonificación, y retención con impuesto real.
    Y eso lleva a errores, sorpresas en la declaración… y decisiones mal fundamentadas.

    Saber la diferencia te permite:

    • Planificar con antelación
    • Optimizar tu fiscalidad legalmente
    • Tomar mejores decisiones de inversión o gasto
    • No caer en falsas promesas fiscales

    5. El sistema no te lo va a explicar

    El lenguaje tributario está hecho para especialistas. Pero la responsabilidad sigue siendo tuya.
    Y si no entiendes cómo funcionan las piezas, no sabrás cuándo estás perdiendo sin saberlo.


    SF360 te lo deja claro:

    Una retención no es un castigo.
    Una deducción no es un regalo.
    Y una bonificación no es suerte.

    Son herramientas.
    Y si no las usas tú… alguien más ya las está usando mejor.


  • Impuestos autonómicos

    Impuestos autonómicos


    Impuestos autonómicos: lo que cambia según dónde vivas

    En España no todos pagan igual. Tu código postal puede marcar más la diferencia que tus ingresos.


    ¿Qué son los impuestos autonómicos?

    España es un Estado descentralizado. Las comunidades autónomas tienen competencias para crear, modificar o gestionar ciertos impuestos.
    Esto significa que vivir en Madrid no es fiscalmente lo mismo que vivir en Valencia, Andalucía o Cataluña.

    En lo que pagas, tu comunidad autónoma tiene más poder del que imaginas.


    Impuestos que gestionan las comunidades autónomas

    Aquí algunos de los más relevantes:

    • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
      → Extremadamente variable. En Madrid puede ser simbólico. En Asturias, puede dejarte temblando.
    • Impuesto sobre el Patrimonio
      → En algunas comunidades ya ni existe. En otras, se aplica a partir de 500.000 €, 700.000 € o más, según tu situación.
    • ITP y AJD (Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados)
      → Si compras una vivienda usada, alquilas un local o firmas ciertos documentos, esto te afecta directamente.
    • Deducciones autonómicas en el IRPF
      → Por nacimiento de hijos, alquiler de vivienda, discapacidad, donativos… Cada comunidad regula las suyas.

    Ejemplos de diferencias por comunidad

    • Herencias entre padres e hijos:
      • Madrid: bonificación del 99%
      • Cataluña o Asturias: puedes pagar miles de euros por lo mismo.
    • Patrimonio:
      • Madrid: bonificación del 100%
      • Cataluña: tipos que suben del 0,21% al 2,75%
    • Compra de vivienda usada:
      • En algunas comunidades se paga un 6% de ITP
      • En otras puede llegar hasta el 10%

    ¿Es justo que esto varíe tanto?

    Legalmente, sí.
    Fiscalmente, genera desigualdad de trato entre ciudadanos que comparten el mismo país.

    Esto produce:

    • Competencia fiscal entre regiones
    • Deslocalización de patrimonios
    • Confusión entre contribuyentes
    • Percepción de injusticia y falta de transparencia

    Tu lugar de residencia ya no es solo una elección vital. Es una decisión fiscal.


    ¿Cómo saber qué te afecta según tu comunidad?

    • Consulta la web de tu Hacienda autonómica
    • Compara tablas de IRPF, Patrimonio, Sucesiones, ITP
    • Pregunta a un asesor que domine fiscalidad autonómica (no todos lo hacen)
    • Revisa bonificaciones, reducciones y deducciones cada año. Pueden cambiar.

    Conclusión SF360

    Tu comunidad no es neutra.
    Cada una juega con sus propias reglas fiscales. Y si no las conoces, puedes estar pagando más que tu vecino de otra región sin saberlo.

    Fiscalidad autonómica no es solo burocracia.
    Es política, poder y, sobre todo, estrategia.


  • El impuesto “tonto”

    El impuesto “tonto”


    El impuesto “tonto”: lo que nadie te dice sobre la Lotería y sus premios

    No es solo suerte. También es una jugada fiscal. Y adivina quién siempre gana.


    1. Ganas… y ya estás perdiendo

    Cada vez que alguien canta “¡me ha tocado el Gordo!”, Hacienda sonríe.
    Porque ese premio ya viene con mordisco incluido.

    Desde 2013, los premios superiores a cierta cantidad (actualmente 40.000 euros) tributan un 20% sobre el exceso.

    Ejemplo:

    • Te tocan 100.000 €.
    • Los primeros 40.000 están exentos.
    • Sobre los 60.000 restantes, pagas un 20% = 12.000 €
    • Te llevas neto: 88.000 €

    Hacienda no juega, pero siempre cobra.


    2. ¿Por qué se le llama “el impuesto tonto”?

    Porque es uno de los pocos impuestos que se aplican sobre algo que ya ha sido financiado con impuestos.

    • Compras el décimo con tu dinero ya tributado (neto).
    • El Estado emite el sorteo a través de Loterías y Apuestas del Estado (empresa pública).
    • Si ganas, te cobra otra vez.

    Es como si te regalara algo con una mano, y te lo quitara con la otra.


    3. ¿Y dónde va ese dinero?

    A las arcas públicas. Igual que cualquier impuesto.
    Pero no hay una asignación específica, ni transparencia sobre el destino concreto de lo recaudado por este tributo.

    No financia hospitales ni becas directamente. Solo alimenta la caja común.
    Y mientras tanto, se perpetúa la narrativa de “la suerte como solución”.


    4. El modelo de dependencia emocional

    La lotería es un fenómeno masivo en España.

    • En Navidad, más del 70% de la población compra décimos.
    • Es una tradición cultural… y también una ilusión fiscal.

    Y aquí está lo delicado:

    El Estado obtiene ingresos promoviendo un sistema basado en la esperanza pasiva.

    No promueve la inversión, el emprendimiento ni el esfuerzo.
    Promueve la fe en la suerte, con un margen fiscal asegurado.


    5. ¿Qué deberías saber si ganas?

    • El impuesto se retiene automáticamente al cobrar el premio. No tienes que declararlo como renta.
    • Si compartes el premio con otras personas, deben estar identificadas en el momento del cobro, o puede considerarse donación sujeta a otro impuesto.
    • Si decides invertir el premio, el rendimiento de esa inversión sí tributa.

    SF360 no está en contra de la lotería.
    Está en contra de que la fiscalidad la convierta en una trampa emocional disfrazada de tradición.

    La verdadera suerte no es que te toque.
    Es saber qué pasa cuando te toca… y qué parte no es realmente tuya.